¿Te han propuesto una pensión calculada como un simple “X % de tu nómina”? Aceptarla o discutirla sin revisar ingresos netos, gastos de los hijos, custodia y capacidad económica de ambos progenitores puede llevar a una cifra desproporcionada. Con escenarios de 1.200 €, 1.500 € y 2.000 € netos, uno o dos hijos y distintos regímenes de custodia, podrás contrastar propuestas y reunir pruebas útiles para negociar o defender una modificación de medidas.
En España no existe un porcentaje legal fijo de pensión alimenticia por hijo ni sobre la nómina. La cuantía se fija según los ingresos netos reales de ambos progenitores, las necesidades acreditadas de los hijos, el número de menores y la custodia. Nóminas, declaraciones fiscales, extractos, gastos escolares, vivienda y tiempos de convivencia permiten sostener un reparto proporcional y verificable.
No existe un porcentaje legal fijo por hijo
En España, la pensión de alimentos se fija caso por caso porque el artículo 146 del Código Civil exige que sea proporcional a quien paga y a las necesidades de quien la recibe. Dicho de forma simple: no se aplica una calculadora automática sobre una nómina, como si fuera el IVA de una factura.
El 20 % por hijo no es una norma
Los porcentajes que circulan en conversaciones, foros o propuestas privadas son solo referencias informales. Pueden servir para iniciar una conversación, pero no sustituyen el análisis de la capacidad económica , es decir, del dinero y los recursos que cada progenitor puede aportar realmente.
El Consejo General del Poder Judicial publica unas tablas orientadoras para estimar costes de crianza. Son una ayuda técnica, no una tarifa obligatoria ni una ley. Puede consultarse la información institucional del Consejo General del Poder Judicial para distinguir una orientación de una resolución judicial.
Por qué el salario bruto confunde
El salario bruto es la cifra anterior a retenciones y cotizaciones. Para valorar alimentos suele importar más el ingreso neto recurrente, es decir, lo que llega de forma estable a la cuenta, junto con otros rendimientos acreditados.
La recomendación habitual es revisar doce meses completos cuando hay bonus, comisiones o actividad por cuenta propia. Una nómina de 1.500 € puede ocultar pagas extra, alquileres cobrados o, al contrario, una caída estable de facturación que una sola nómina no muestra.
Un porcentaje solo puede ser una referencia de partida. La cifra defendible compara ingresos netos de ambos progenitores, gastos normales de los hijos, tiempos de custodia y cargas necesarias que estén probadas.
La orientación inicial sirve para negociar, pero el cálculo cambia cuando se concreta a partir de nóminas, hijos y modelo de custodia.
Como referencia informal pueden oírse propuestas del 10 %, 15 %, 20 % o incluso el 30 % de la nómina, pero ninguna constituye un porcentaje legal de pensión de alimentos. Un 20 % sobre 1.500 € equivale a 300 €, aunque esa cifra puede ser insuficiente si el otro progenitor tiene ingresos muy bajos y soporta la mayor parte de los gastos diarios, o excesiva si hay custodia compartida efectiva y ambos pagan directamente necesidades similares.
También resulta engañoso sumar un 20 % por cada hijo de forma mecánica: dos hijos comparten determinados costes de vivienda y suministros, pero pueden incrementar otros, como comedor, transporte o apoyo escolar. El porcentaje de nómina solo describe una operación; no demuestra que exista un reparto proporcional.
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El cálculo parte de ingresos y necesidades reales
La cuantía de alimentos resulta de cruzar dos datos: lo que los hijos necesitan de forma razonable y lo que ambos progenitores pueden asumir. El interés superior del menor, protegido por la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, impide convertir la pensión en una sanción contra uno de los padres.
Ingresos que deben entrar en la cuenta
Deben valorarse la nómina neta, pagas extra, bonus frecuentes, ingresos procedentes de actividad autónoma, alquileres, dividendos y retribuciones en especie si son estables. Un coche de empresa, por ejemplo, puede reducir un gasto personal relevante, aunque no sea dinero ingresado en banco.
Los ingresos ocasionales no pesan igual que los recurrentes. Un premio aislado o una venta puntual no debería tratarse como un sueldo mensual fijo sin estudiar su origen y su repetición.
Gastos que pueden ser necesarios
Los gastos necesarios acreditados pueden afectar al dinero disponible: alquiler o hipoteca de una vivienda imprescindible, tratamientos médicos, cuotas profesionales inevitables o alimentos de otros hijos. Deben probarse con contrato, recibos, extractos o documentos fiscales.
El error más frecuente que se detecta aquí es descontar cualquier pago personal como si redujera automáticamente la pensión. Un préstamo para ocio, una compra voluntaria posterior a la ruptura o una deuda sin justificación no desplazan las necesidades de los hijos.
La pensión no se calcula sobre una nómina aislada ni sobre una lista de deudas elegida por quien paga. Se calcula sobre la economía real de ambos hogares y las necesidades acreditadas de los hijos.
Con estos conceptos claros, ya se pueden interpretar cifras orientativas sin caer en la falsa regla del porcentaje automático.
Las tablas orientadoras del CGPJ pueden servir como punto de contraste cuando se han reunido datos homogéneos, pero su resultado no debe copiarse sin contexto. Para aproximarse a una cifra útil hay que partir de los ingresos netos de ambos progenitores, el número y la edad de los hijos, el tipo de custodia y los gastos ordinarios asumidos directamente en cada hogar. Una estimación obtenida con ingresos de 1.500 € y 1.500 € no es trasladable sin más a una familia en la que uno percibe 2.000 € y el otro 1.200 €, o en la que existen gastos sanitarios recurrentes.
La tabla orienta; el convenio o la sentencia debe concretar qué pagos cubre la mensualidad y cómo se distribuyen los demás costes.
Escenarios con nóminas de 1.200 a 2.000 €
Una nómina de 1.200 €, 1.500 € o 2.000 € no fija por sí sola una pensión mensual, pero permite construir escenarios comparables. Los rangos siguientes son ilustrativos, no sustituyen las tablas del CGPJ ni una sentencia, y se basan en supuestos de hijos sin necesidades especiales y gastos ordinarios medios.
Ingreso neto mensual Hijos Custodia y supuesto Rango orientativo mensual 1.200 € 1 Monoparental, ingresos similares Entre 150 y 250 € 1.200 € 2 Monoparental, ingresos similares Entre 250 y 375 € 1.500 € 1 Monoparental, ingresos similares Entre 200 y 300 € 1.500 € 2 Monoparental, ingresos similares Entre 325 y 475 € 2.000 € 1 Monoparental, ingresos similares Entre 250 y 375 € 2.000 € 2 Monoparental, ingresos similares Entre 425 y 650 €
Qué presuponen estos rangos
Los ejemplos presuponen que el otro progenitor tiene ingresos cercanos, que los hijos conviven principalmente con quien recibe la pensión y que no existen gastos excepcionales. Si el otro progenitor gana mucho menos, el reparto puede subir; si gana más, puede bajar o incluso invertirse.
Los dos hijos no implican duplicar exactamente la cifra de uno. Comparten parte de vivienda, suministros y compras, aunque aumentan otros costes como comida, ropa, comedor o transporte.
El mínimo vital limita el resultado
El mínimo vital del alimentante es el dinero indispensable para que quien paga pueda cubrir sus necesidades básicas. No hay una cifra nacional cerrada, pero los tribunales valoran si, tras pagar, queda una cantidad razonable para vivienda, comida y gastos esenciales.
Un caso habitual es un padre con 1.200 € netos, alquiler acreditado y dos hijos, frente a una propuesta basada en un 40 % fijo de la nómina. El resultado razonable exige revisar los recursos de ambos hogares, porque una cuantía que deje al pagador sin medios estables puede perjudicar también a los menores.
Cómo se forma una cuantía defendible
1. Ingresos netosNómina, extras, autónomo, rentas
2. Costes de hijosComida, vivienda, escuela y salud
3. CustodiaTiempo y pagos directos en cada hogar
4. Reparto escritoMensualidad, extras e IPC
Estas cifras dejan de servir como guía si existe custodia compartida con una diferencia notable de recursos.
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La custodia compartida puede incluir pensión
La custodia compartida no elimina siempre la pensión de alimentos porque compartir días no significa disponer del mismo dinero. Puede fijarse una transferencia mensual cuando un progenitor tiene una capacidad económica claramente mayor o cuando ciertos costes se concentran en un hogar.
Cuándo procede una transferencia
Puede ser adecuada si uno cobra 2.000 € netos y el otro 1.200 €, aunque ambos tengan a los hijos durante tiempos parecidos. La diferencia no se compensa para igualar la vida de los adultos, sino para que los hijos tengan cubiertas sus necesidades en ambos domicilios.
También puede pactarse que cada progenitor pague gastos cotidianos durante su semana y contribuya a los gastos comunes en proporción a su renta, por ejemplo, con repartos entre el 50 % y el 70 %. El porcentaje de reparto debe reflejar la proporción de recursos, no una intuición.
Gastos en dos hogares
Los gastos diarios incluyen comida corriente, transporte habitual y pequeños desembolsos del periodo de convivencia. Los gastos comunes suelen abarcar colegio, seguro médico, actividades pactadas o material que no puede dividirse entre casas.
Lo que cambia todo es lo siguiente: una custodia compartida mal detallada puede generar doble pago. Si una mensualidad ya cubre parte de los costes ordinarios, el convenio debe decir qué facturas paga cada uno directamente para evitar cobrar dos veces el mismo concepto.
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Un manual de organización financiera puede ayudar a ordenar recibos y gastos antes de compararlos en una negociación. No calcula la pensión por sí mismo, pero facilita preparar cifras comprobables.
Permite anotar gastos mensuales de cada hijo por categorías concretas
Ayuda a separar pagos ordinarios de facturas excepcionales
Facilita reunir datos de ingresos variables durante doce meses
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El reparto solo es sólido si los números de ambos progenitores están respaldados por pruebas verificables.
Pruebas para discutir ingresos y gastos reales
Para discutir una pensión necesitas documentos que prueben ingresos netos, patrimonio disponible y gastos necesarios. Una afirmación sin respaldo tiene poco peso, igual que una foto aislada no explica una película completa.
Papeles para nómina y actividad propia
Un trabajador por cuenta ajena debería reunir nóminas de varios meses, contrato, vida laboral, declaración de IRPF, certificado de retenciones y extractos relevantes. La Agencia Estatal de Administración Tributaria permite consultar datos fiscales en su sede electrónica .
Un autónomo debe añadir declaraciones trimestrales y anuales, libros de ingresos y gastos, facturas emitidas, cuotas y movimientos bancarios vinculados a la actividad. Facturar poco un mes no demuestra por sí solo una reducción estable si el promedio anual es superior.
Cómo acreditar gastos de los hijos
Conviene agrupar recibos de comedor, colegio, transporte, ropa, salud, actividades y vivienda. No hace falta discutir cada yogur o cada camiseta, pero sí construir un presupuesto lógico y trazable.
La recomendación habitual es separar gastos mensuales de costes anuales. Dividir una matrícula de 600 € entre doce meses evita presentarla como una factura inesperada de un solo mes.
Documentación para una propuesta
Ingresos: doce meses de nóminas o facturación, IRPF y rentas adicionales.Vivienda: contrato, recibos de alquiler o hipoteca y suministros básicos.Hijos: gastos escolares, sanitarios, transporte, actividades y necesidades especiales.Custodia: calendario de estancias y pagos directos asumidos por cada progenitor.Propuesta: cuantía mensual, fecha de pago, actualización por IPC y reparto de gastos extraordinarios.
Una buena prueba evita cifras ficticias; el siguiente foco de conflicto suele ser llamar extraordinario a lo que ya debía pagarse cada mes.
Los gastos ordinarios son previsibles y periódicos, por lo que normalmente quedan cubiertos por la mensualidad. Los extraordinarios son necesarios, no habituales y, salvo urgencia, requieren acuerdo previo o la autorización que establezca la sentencia.
Lo que cubre la mensualidad
Suelen ser ordinarios la alimentación, ropa habitual, vivienda, suministros, material escolar corriente, transporte normal y gastos diarios. Que un gasto llegue una vez al año no lo convierte por sí solo en extraordinario si era previsible.
Una excursión escolar habitual o los libros de inicio de curso suelen poder presupuestarse. El convenio puede repartirlos de otro modo, pero debe decirlo con claridad.
Lo que puede pagarse aparte
Pueden ser extraordinarios unas gafas necesarias, ortodoncia justificada, una intervención médica no cubierta o un apoyo educativo excepcional. Un viaje de ocio, una actividad cara o un cambio de colegio no urgente requieren normalmente consenso, porque no basta con que uno de los padres quiera gastar.
Hay una excepción importante: si existe una urgencia sanitaria real, esperar una autorización puede perjudicar al menor. En ese caso, quien pague debe conservar informe médico, factura y prueba de haber informado al otro progenitor cuanto antes.
La regla práctica es sencilla: cuanto más concreto sea el convenio, menos espacio habrá para reclamaciones inesperadas y discusiones posteriores.
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Negocia una cifra y no un porcentaje automático
Una propuesta defendible fija una cantidad mensual basada en datos, asigna gastos directos y define las revisiones futuras. Debe poder explicarse con documentos a la otra parte y, si fuera necesario, al juzgado.
Qué debe decir el convenio regulador
El convenio regulador debe indicar cuantía, día de pago, cuenta bancaria, actualización por IPC, tratamiento de pagas extra e ingresos variables. También debe concretar custodia, régimen de visitas, gastos ordinarios y el método para aprobar gastos extraordinarios.
La actualización por IPC no supone recalcular toda la pensión desde cero. Ajusta la cuantía según la inflación pactada o acordada, como ocurre cuando el precio de una cesta de compra sube con el tiempo.
Si los ingresos cambian después
No reduzcas ni dejes de pagar unilateralmente aunque pierdas ingresos. Mientras una sentencia o convenio aprobado siga vigente, el impago puede generar deuda y ejecución; la vía correcta es un acuerdo formal o una modificación de medidas si el cambio es sustancial, estable y acreditable.
El consenso entre los profesionales del Derecho de familia es que la prueba del cambio debe ser completa: despido, caída persistente de facturación, enfermedad o nueva necesidad relevante. Un descenso breve de ingresos rara vez justifica por sí solo una reducción definitiva.
Las tablas y porcentajes orientativos no bastan si hay hijos mayores económicamente independientes, necesidades especiales, ingresos patrimoniales complejos, ocultación de rentas, componente internacional o medidas provisionales urgentes. Tampoco sustituyen la lectura completa del convenio regulador o de la sentencia concreta.
Preguntas y respuestas
¿Qué ingresos cuentan para la pensión alimenticia?
Cuentan los ingresos netos recurrentes de ambos progenitores, incluidos sueldo, pagas, actividad autónoma, alquileres y bonus habituales. Los ingresos aislados se valoran con cautela y deben poder acreditarse.
¿Cuánto debe pagar un padre por pensión en España?
No existe una cantidad ni un porcentaje obligatorio para todos los padres en España. Depende de hijos, custodia, necesidades probadas, ingresos de ambos y gastos necesarios.
¿Cuánto sería con una nómina de 1.200 euros?
Con 1.200 € netos y un hijo, un rango ilustrativo puede estar entre 150 y 250 € en custodia monoparental e ingresos similares. El alquiler necesario, el salario del otro progenitor y el mínimo vital pueden cambiarlo.
¿Y con 1.500 euros y dos hijos?
Con 1.500 € netos y dos hijos, un ejemplo orientativo puede situarse entre 325 y 475 € mensuales. No se debe duplicar de forma automática la cifra de un hijo.
¿La custodia compartida elimina la pensión?
La custodia compartida no elimina la pensión si hay una diferencia relevante de ingresos o gastos comunes concentrados en un hogar. Puede pactarse una transferencia mensual o un reparto proporcional, por ejemplo del 50 % al 70 %.
Los gastos extraordinarios suelen ser necesarios, no periódicos y no cubiertos por la mensualidad. Gafas o tratamientos médicos urgentes pueden entrar; actividades de ocio no urgentes suelen requerir acuerdo previo.
¿Puedo bajar la pensión si cobro menos?
No puedes reducir la pensión por tu cuenta mientras siga vigente el convenio o la sentencia. Si la bajada es sustancial y estable, debes formalizar un acuerdo o solicitar modificación de medidas.
Lo esencial: No hay un porcentaje legal fijo de la nómina ni por cada hijo. La cuantía se apoya en ingresos netos reales, necesidades de los hijos y custodia. La custodia compartida puede incluir pensión cuando existe desigualdad económica relevante. Los gastos extraordinarios deben definirse y justificarse, no improvisarse. Un cambio de ingresos exige acuerdo formal o modificación de medidas, nunca una reducción unilateral.
Fuentes de interés
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