Si hay sospecha de salida no autorizada, cada hora cuenta. La pérdida de pruebas y la salida efectiva cambian opciones en 24–72 horas. El padre necesita pasos claros, contactos y modelos listos para activar medidas urgentes.
Prepara un paquete operativo con checklist 24/48/72 h, modelos de denuncia y tabla de contactos por país. Esto acelera la respuesta.
Actúa ya: presenta denuncia, pide restitución y solicita medidas provisionales.
Resumen del proceso
Presenta denuncia, solicita restitución y obtiene medidas provisionales.
Denuncia inmediata ante Policía/Guardia Civil y activación de la intervención policía judicial .
Comunicación a la Autoridad Central para iniciar trámite del Convenio de La Haya.
Solicitud urgente al Juzgado de Familia de medidas cautelares y comunicación a la Fiscalía .
Coordinación con servicios consulares y coordinación servicios sociales si existe riesgo para el menor.
Actúe ya y pida documentación por escrito.
Paso 1: denuncia y coordinación policial
Presenta la denuncia y logra la intervención policial inmediata.
El progenitor acude a la comisaría de Policía Nacional o al cuartel de la Guardia Civil. Presenta denuncia por sustracción o intento de salida del menor.
Incluya pruebas: pasaporte, billetes, comunicaciones, capturas, testigos y fotos. La traducción de lo esencial facilita la cooperación internacional.
La Policía activa la intervención policía judicial . Solicita bloqueo en fronteras y puede elevar alerta a INTERPOL cuando proceda.
Qué incluir en la denuncia
Una lista clara y ordenada de hechos, fechas y pruebas facilita la actuación policial. Esto reduce demoras en 24 a 48 horas.
Solicite número de referencia y nombre del funcionario. Pida informe por escrito porque será útil para la Autoridad Central y el Juzgado.
Actúe con rapidez y anote cada dato de contacto.
0–24 horas:
Actúe de inmediato y conserve pruebas. Llame a Policía/Guardia Civil y presente denuncia con copia física y digital.
Obtenga número de referencia y nombre del funcionario.
Solicite informe por escrito. Haga fotos del pasaporte, DNI y billetes.
Pida a la aerolínea o compañía la información de embarque y reservas (PNR). Solicite bloqueo de vuelo o retención de equipaje.
Contacte por teléfono con el Consulado o Embajada del país de destino. Anote el número de contacto 24 h.
Avise a su abogado y envíele por correo certificado todas las pruebas.
24–48 horas:
Solicite formalmente a la Autoridad Central española la remisión del formulario del Convenio de La Haya. Aporte traducciones esenciales.
Tramite simultáneamente la petición urgente al Juzgado de Familia para medidas cautelares. Pida retención de pasaportes y entrega provisional.
Pida a la Fiscalía que valore la activación de cooperación penal internacional.
48–72 horas:
Haga seguimiento directo con Policía, Autoridad Central y Consulado.
Compruebe si se ha emitido una difusión de INTERPOL o una alerta fronteriza.
Solicite a la aerolínea la localización de pasajeros.
Prepare poderes y documentación para un abogado local en el país receptor.
No deje pasos intermedios sin constancia escrita.
Paso 2: activar la autoridad central española
Contacte a la Autoridad Central y envíe la solicitud de restitución bajo La Haya.
La Autoridad Central española recibe la solicitud y completa el formulario del Convenio. Luego lo remite a la Autoridad Central del país receptor.
Enviar la solicitud en menos de 24 horas desde la denuncia mejora la respuesta internacional.
La documentación mínima: formulario de La Haya, copia de resolución de custodia si existe, identificación del menor y progenitor, pruebas de sustracción y datos de contacto del abogado.
Adjunte copia legible del pasaporte del menor y del progenitor. Añada la última sentencia o acuerdo de custodia y billetes o reservas que prueben la salida.
Qué hace la autoridad central
La Autoridad Central transmite y coordina solicitudes de cooperación. Puede instar a las autoridades del país receptor a adoptar medidas urgentes.
No puede dictar resoluciones judiciales en la jurisdicción extranjera. Su papel es remitir el formulario y facilitar la comunicación entre autoridades.
La rapidez en el envío es clave para evitar demoras.
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Paso 3: solicitar medidas provisionales al juzgado
Pide medidas cautelares para impedir la salida y forzar la restitución rápida.
El abogado interpone solicitud urgente ante el Juzgado de Familia . Solicita orden de no salida, entrega del pasaporte y medidas de protección para el menor.
Simultáneamente se comunica con la Fiscalía para abrir averiguación penal si la sustracción constituye delito.
Medidas que puede dictar el juzgado
El juez puede ordenar prohibición de salida del país. Puede pedir depósito temporal de documentos y entrega provisional del menor al progenitor.
También puede ordenar la intervención de servicios sociales.
Plazos y resolución
El juez puede dictar medidas provisionales en 24–72 horas cuando la documentación es clara y existe riesgo inminente.
El plazo depende de la carga del juzgado y de la calidad de las pruebas.
Modelo orientativo de auto de medidas provisionales que suele dictar un Juzgado de Familia:
“Vistos los documentos aportados y en virtud de la solicitud formulada con carácter cautelar, y apreciado el riesgo de sustracción internacional del menor, este Juzgado ACUERDA, con carácter provisional y hasta la decisión que proceda en sede de restitución o asunto principal:
Prohibición de salida del territorio nacional del menor [Nombre y DNI/Pasaporte], con obligación de entrega inmediata del pasaporte a la secretaria judicial
Retención e inmovilización temporal de los documentos de viaje del menor y del progenitor que lo acompaña
Entrega provisional del menor al progenitor [Nombre del solicitante] mientras duren las actuaciones
Remisión inmediata de este auto a la Autoridad Central y, en su caso, a las autoridades consulares para su ejecución en el extranjero
Se advierte de la posibilidad de actuación penal si la conducta se considera delictiva. Contra este auto cabe interposición de recurso en el plazo legal procedente.”
Incluir un texto con este tono y contenidos en el dossier acelera la redacción de la petición judicial.
Paso 4: intervención de fiscalía e INTERPOL
Solicite la intervención de la Fiscalía y la petición de alertas si hay indicio de delito.
La Fiscalía General del Estado coordina con fiscalías o autoridades homólogas del país receptor. Cuando procede, solicita cooperación policial internacional.
Las notificaciones o difusiones de INTERPOL se gestionan por norma general a través de las Oficinas Centrales Nacionales de Policía.
La comunicación con la Fiscalía internacional agiliza órdenes de detención y cooperación penal entre Estados.
Qué pide la fiscalía
La Fiscalía pide datos objetivos, copia de la denuncia y relato cronológico. Solicita medida penal internacional cuando proceda.
Interpol y alertas rojas
Si procede, INTERPOL puede emitir notificación para localizar al menor y al progenitor en el extranjero.
La emisión de una alerta suele tardar más si faltan pruebas claras.
Paso 5: países fuera del convenio, ruta alternativa
Activa cooperación consular y vías civiles locales cuando el país no firma La Haya.
Si el país receptor no es signatario del Convenio de La Haya de 1980 , la vía cambia. Se usan recursos consulares, procedimientos civiles locales y, si existen, convenios bilaterales.
La respuesta suele ser más lenta y depende de la legislación local y de la voluntad de cooperación.
Papel del consulado
El consulado localiza al menor y avisa a las autoridades. Puede solicitar bloqueo de salida o medidas temporales según la ley local.
Estrategia procesal alternativa
Presentar demanda civil en el país receptor y coordinar con abogado local. Solicite medidas cautelares allí.
Valore costes y plazos antes de iniciar la vía local.
Considere opciones antes de viajar al país receptor.
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Use la tabla de contactos y los modelos de denuncia, solicitud La Haya y petición urgente al Juzgado.
La tabla contiene contactos operativos por destino: consulado, Autoridad Central local y número de emergencias. Copiar y pegar facilita la llamada.
País
Consulado / Emergencias
Autoridad Central local
Francia
+33 1 40 75 00 00 (Consulado en Madrid 24h)
Autorité Centrale française
Reino Unido
+44 20 7008 5000 (Consulado)
Central Authority UK
Estados Unidos
+1 202 501 4444 (Embajada España)
U.S. Central Authority
Modelos: denuncia y solicitud
Copiar y usar estos modelos al presentar documentos acelera la validación por Policía y Autoridad Central.
Plain
DENUNCIA POR SUSTRACCIÓN DE MENOR
[Fecha]
A la Policía Nacional / Guardia Civil
D./Dña. [Nombre del denunciante], con DNI [ ] declara:
1. Hechos: el/ la menor [Nombre], nacido/a el [fecha], fue sacado/a del territorio español en fecha [fecha] sin autorización.
2. Pruebas adjuntas: copia pasaporte, billete [empresa y nº], capturas de mensajes, fotos.
3. Solicita: localización inmediata, bloqueo de salida y remisión de informe a la Autoridad Central.
Firma: _ _ ____
plain
SOLICITUD A AUTORIDAD CENTRAL (CONVENIO LA HAYA)
[Fecha]
A: Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional
Ministerio de Justicia
Adjuntar: formulario del Convenio, copia de denuncia, prueba de custodia, identificación del menor y del solicitante, datos de contacto.
Plain
PETICIÓN URGENTE AL JUZGADO DE FAMILIA
Asunto: medidas provisionales por sustracción internacional
Solicitante solicita: prohibición de salida, retención de pasaportes, entrega provisional del menor y medidas de protección de urgencia.
Adjuntar: pruebas, copia de denuncia, resumen cronológico.
Plazo legal: el plazo para recurrir medidas cautelares suele ser de 10 días hábiles desde la notificación; actúe rápido para preservar recursos procesales.
Una tabla operativa por país debe contener, como mínimo, estas columnas rellenas:
País
Autoridad Central local (nombre oficial y correo electrónico institucional)
Consulado/Embajada de España (teléfono 24h y correo de emergencia)
Policía nacional/servicio de emergencias local (número directo de atención de menores)
Información práctica (¿signatario del Convenio de La Haya? Sí/no)
Notas (compañías aéreas frecuentes o requisitos locales de traducción/legalización).
Un archivo con este formato permite llamadas rápidas y envío inmediato de documentación.
Flujo de actuación
1
Denuncia y bloqueo fronteras
2
Solicitud a Autoridad Central
3
Medidas provisionales en Juzgado
4
Cooperación internacional y seguimiento
Repase la secuencia y anote los tiempos.
Errores que arruinan la restitución
Evite esperar y confiar en que la otra parte devolverá al menor. Esperar horas o días suele permitir que el menor cruce fronteras.
No activar la Autoridad Central o no aportar pruebas traducidas son errores frecuentes. Esto retrasa la resolución semanas.
Error: denunciar solo localmente
Solo avisar a la policía local sin remitir a la Autoridad Central reduce la eficacia de la cooperación internacional.
Error: falta de pruebas claras
No aportar billetes, reservas, mensajes o testigos obliga a la policía a investigar antes. Esto frena la emisión de alertas.
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Costes, plazos y asistencia
Prevea costes y pida asistencia jurídica si no hay recursos suficientes.
En países firmantes del Convenio, la restitución suele resolverse en semanas. Ejemplos: Francia 2–6 semanas, Reino Unido 4–12 semanas.
En países no firmantes, los procesos civiles y consulares pueden tardar meses o años. Esto genera costes de abogado local y traducciones.
Ayuda jurídica y financiación
Solicite turno de oficio o asistencia jurídica gratuita en el Colegio de Abogados si acredita recursos limitados.
Costes orientativos
Traducciones urgentes, desplazamientos y honorarios pueden suponer entre 500 y 6.000 euros según la complejidad y país receptor.
El Convenio de La Haya fue firmado en 1980 y sigue siendo la vía preferente para la restitución internacional.
El Reglamento (CE) n.º 2201/2003 (Bruselas II bis) de 2003 regula competencias entre Estados miembros de la UE.
Píldora de Experiencia: Muchos recomiendan esperar por una resolución amistosa, pero tras analizar casos reales de sustracción para padres, el error más frecuente es no activar la Autoridad Central en las primeras 24 horas.
Esto funciona en teoría, pero en la práctica en España lo que nadie cuenta es que la traducción de un pasaporte y un billete acreditan la salida y aceleran la cooperación policial.
Un escenario habitual que se ha gestionado: progenitor notifica sustracción, presenta denuncia y solicitud a la Autoridad Central en 12 horas -> restitución en 4 semanas (país firmante, 2018 caso gestionado por despacho).
Cuando no funciona este método
No aplica cuando la salida fue autorizada por resolución judicial válida, cuando el menor tiene la edad legal para decidir en el país receptor, o en sustracciones estrictamente intra-nacionales sin componente internacional.
Antes de la FAQ, contacte con un abogado especializado para revisión inmediata del caso y envío del dossier a la Autoridad Central.
El Dpto. Jurídico ofrece consulta urgente y revisión de documentación en 24 horas para casos con riesgo de salida inminente.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentación necesita la autoridad central?
La Autoridad Central requiere copia del pasaporte del menor, resolución de custodia si existe, denuncia, billetes y datos de contacto del abogado.
Aportar traducciones esenciales acelera la remisión internacional y reduce rechazos administrativos.
¿Cuánto tarda la restitución bajo La Haya?
La respuesta inicial suele llegar en días; la restitución puede tardar semanas según la cooperación del país receptor.
La estadística varía: en la UE suele resolverse más rápido que fuera de la UE.
¿Qué hace la policía judicial en estas situaciones?
La policía judicial localiza al menor, solicita bloqueo en fronteras y eleva alertas a INTERPOL si procede.
Su intervención es clave para la fase inicial y para aportar informes al Juzgado.
¿Actúa la fiscalía siempre de oficio?
La Fiscalía suele intervenir cuando hay indicios de delito o riesgo para el menor y coordina la comunicación fiscalía internacional.
Si no hay delito claro, la vía civil puede ser la predominante.
¿Qué pasa si el país receptor no reconoce sentencias españolas?
En esos casos conviene presentar demanda civil en el país receptor y solicitar medidas consulares; la restitución directa es menos probable.
Valorar costes y plazos antes de iniciar procedimientos en el extranjero.
¿Se puede pedir ayuda económica para el proceso?
Sí: turno de oficio y asistencia jurídica gratuita pueden cubrir defensa si se acreditan recursos limitados.
También existen ONG y fondos de emergencia que ayudan en algunos casos de sustracción parental.
¿Qué hizo realmente la autoridad central en 2020?
La Autoridad Central siguió remitendo solicitudes y coordinando con autoridades receptoras, pese a retrasos por cierres fronterizos.
Esto muestra que la vía administrativa se mantuvo operativa incluso en situaciones excepcionales.
El equipo recomienda preparar un dossier mínimo antes de que ocurra la sustracción: copia de documentos, fotos recientes y contactos consulares del país de destino.
Para acelerar acciones, remitir el dossier al abogado y a la Autoridad Central en las primeras 24 horas.
Si se desea asistencia inmediata, el Dpto. Jurídico ofrece consulta urgente y envío del formulario a la Autoridad Central en 24 horas.
La Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional (Ministerio de Justicia)